Papeles del Psicólogo es una revista científico-profesional, cuyo objetivo es publicar revisiones, meta-análisis, soluciones, descubrimientos, guías, experiencias y métodos de utilidad para abordar problemas y cuestiones que surgen en la práctica profesional de cualquier área de la Psicología. Se ofrece también como foro para contrastar opiniones y fomentar el debate sobre enfoques o cuestiones que suscitan controversia.
Papeles del Psicólogo, 1982. Vol. (3).
Eugenia Celada
Representante de la Asociación de Padres de Subnormales de Orcasistas-El Pozo.
Antes de entrar en materia de la Ley, Me parece que es importante, para situar la realidad del mundo de los subnormales dar algunos datos: según el último informe de la O.M.S. de cada 600.000 niños que cada año nacen en nuestro Estado, de 45.000 a 50.000 pasarán a ser subnormales; de los cuales la inmensa mayoría (más del 50%) tendrían derecho a una vida plena y a una salud plena. De estos niños que nacen, y que son subnormales, sociológicamente los hacemos subnormales entre todos, pues la mayoría de ellos se deben a una falta de cultura sanitaria: es muy corriente que nos encontremos con parejas que conocen su RH solamente después de haber tenido un hijo subnormal. Igualmente debido a una alimentación carente de proteínas o muy pobre en ellas; y creo que para ninguno de los presentes es ningún secreto saber la importancia que tiene la formación física del cerebro durante la gestación de la madre y primeros años de vida del niño, la importancia que tiene una alimentación rica en proteínas.
Un papel importante juegan las emociones psicológicas de la madre durante el embarazo, (y de esto los asistentes sabéis mucho): no podemos olvidar la realidad la realidad del paro actual, la inseguridad del puesto de trabajo, las viviendas inadecuadas que afectan a la inmensa mayoría de la población.
Una miseria cultural ambiental, que a veces impide o dificulta el desarrollo de la inteligencia infantil de los niños que han nacido sin ningún trauma físico. Tiene que ver, además, con la Escasez de guarderías y el precio de las mismas con la falta de puestos de educación preescolar y, finalmente, la falta de calidad de la enseñanza.
Después de este preámbulo, pasaré a hacer algunas consideraciones a la Ley. En su concepción tenemos dos opciones:
1º Una ley y unos servicios sociales concebidos como un derecho del ciudadano.
2º Por el contrario, unas prestaciones sociales que de alguna manera puedan recordar a la antigua beneficencia, que siempre son parciales y que quedan a merced del Gobierno de turno.
Cuando hemos defendido en otras ocasiones el derecho a la Seguridad Social del minusválido, no lo defendimos como una situación de privilegio del minusválido, sino porque coincidía que esta ley era la primera de Servicios Sociales que se desarrollaba después: de aprobada la Constitución, y entonces pensábamos que era la aran oportunidad de desarrollar su artículo 41 para el grupo de ciudadanos para los cuales se hacía una Ley especial. Se establecía un régimen especial de la Seguridad Social para los minusválidos que por no desarrollar una actividad laboral, no estaban incluidos en el campo de aplicación de régimen general u otros regímenes especiales de la Seguridad Social. Esto se ha sustituido por un simple sistema de prestaciones asistenciales y económicas que el Gobierno, en el plazo de un año determinará por Ley, especificando las condiciones económicas que deberán reunir los posibles beneficiarios de las distintas prestaciones.
La ley ofrece por otra parte, aspectos positivos, como su declaración de principios: una declaración del derecho a la gratuidad de la educación especial. De todos modos, nosotros tenemos que manifestar aquí nuestros miedos ante esta realidad por una sencilla razón: ahí está un Plan Nacional de Prevención de la Subnormalidad que funciona por Real Decreto desde el primero de Enero de 1979, y ni se ha garantizado la asistencia correcta a ninguna mujer embarazada ni parturienta (causa en la inmensa mayoría de las minusvalías) ni parece que por ahora vayamos en camino de que se cumplan sus previsiones.
En cuanto a la escolarización, no cabe duda que respecto a la Ley General del año 1970 se han dado algunos pasos hacia adelante: se amplía la composición de los equipos multiprofesionales, pone mucho más énfasis en el tratamiento y orientación psicológica; pero tanto la escolarización del subnormal en centros específicos en conexión con otros centros ordinarios mediante las aulas de transición o la escolarización de aquellos subnormales, que fuera factible, por su especial situación de escolarizarse en centros ordinarios mediante obras especiales, no existe como novedad en la Ley, porque si cogéis la Ley General de Educación de 1970, es prácticamente igual. Es decir nosotros nos preguntamos después de 11 años: ¿dónde están esos centros, dónde hay colegios con aulas de transición, y dónde están esas aulas especiales que hayan hecho posible reintegración?
La gratuidad de la enseñanza y la educación especial están sólo como declaración de principios, la inmensa mayoría de los centros especiales de educación especial son privados, y aunque están subvencionados, eso no es obstáculo para que las familias suelen tener que pagar 20.000 pesetas a más a los Centros. Y no hay alternativa: o se paga o se van. Aquí topamos con uno de los problemas que tiene la Ley, que en general no tiene ningún mecanismo de control para hacer posible algunas declaraciones de principios que establece con muy buena intención.
De todas formas no podemos olvidar no solamente la educación de los niños nacidos subnormales, sino también la calidad de la educación ordinaria, por la sencilla razón, (y es un tema que lo conocéis mejor que nosotros) en nuestros barrios tenemos un 25 y en algunos barrios hasta un 60% de niños con graves problemas, y lógicamente, o atendemos bien a estos niños o de lo contrario, lo que nos vamos a encontrar es que dentro de poco vamos a necesitar educación especial para casi todos los niños.
A través de esta ley de integración social de minusválidos, vemos que los Psicólogos como cuerpo habéis logrado un campo inmenso de salidas profesionales. En el Artículo 3, punto 1, la ley declara una obligación del Estado garantizar los cuidados psicológicos del minusválido. Los psicólogos pueden formar parte de los equipos multiprofesionales que se ocupan del diagnóstico y graduación de los minusválidos, (artículos 10 y 1l); también tienen lugar en el tratamiento y la educación psicológica del minusválido (artículo 19, 1 b). También pueden participar en el tratamiento rehabilitador de minusvalías (artículo 21); y por si esto fuera poco, la Ley dedica la sección segunda del título 4º, que es una novedad, y se titula: "Del tratamiento y orientación psicológica", en el artículo 23, con tres apartados. Ante esta realidad de salidas profesionales, nosotros creemos que tenemos obligación de expresamos nuestras esperanzas y nuestros temores. Creemos que cada psicólogo, y los psicólogos como estamento corporativo y el Colegio, de tan reciente creación, tenéis un reto de un alcance y una trascendencia insospechadas, para llegar a la raíz de los problemas de la gran mayoría de los afectados que son víctimas de "la cultura de la pobreza" para llevar a la sociedad la información precisa y urgente, para que solidariamente se busquen soluciones reales a los problemas de los minusválidos. Porque también, no se nos escapa, con la imprecisión de la Ley de Integración Social de Minusválidos y la falta de concienciación de la sociedad ante el tema, alguien o un grupo (que si existiese esperamos no fuese numeroso) puede tener sólo un interés corporativo profesional y no le de un sentido social, esta ley puede ser una oportunidad muy rentable, ofreciendo el trabajo del psicólogo, no como técnicos liberadores para el minusválido, sino que su actuación fuera parte de¡ problema, como cortinas de humo que impidiendo ver la realidad, fuera usando la psicología como un producto de consumo, creando unas dependencias y necesidades al minusválido que deteriorarían todavía más su grave situación actual. Pero esta posibilidad (si se llegara a usar puede ser muy rentable a medio plazo) esperamos que no ocurra, y de verdad tenemos toda la confianza en ello, porque creemos que sería un desprestigio para el cuerpo y para el Colegio, y al tiempo creemos que se habría perdido una base trascendental para sanar la salud mental de la sociedad entera.
Otro aspecto importante que se ha aireado mucho es el de que la ley recogía la obligación de las empresas a guardar el 2% de las plazas para minusválidos. Realmente, muchos de los aquí presentes sabemos que esto no supone ninguna novedad. En la Ley del año 1974 estaba dispuesto así, y que nosotros sepamos no hay una sola acta levantada por una inspección de trabajo para sancionar a las empresas que no lo cumplen o para hacer posible que se cumpliese. En esto tampoco se establecen mecanismos de control alguno.
Esta ley, para nosotros, se fundamenta muchísimo en la iniciativa privada sin ánimo de lucro, pero lo que nos asusta es que no establece mecanismos de control para evitar la arbitrariedad y corrupción existente.
Han hecho desaparecer la única iniciativa privada que realmente puede caber sin ánimo de lucro: el voluntariado social.
Los que no tienen capacidad económica,, ni de gestión, los hogares comunitarios promovidos por los minusválidos y sus familias, a las cuales irónicamente se va a dar prioridad, pensamos que esta es una situación que se le escapa a la inmensa mayoría de los afectados, que son precisamente los que no tienen capacidad de gestión y curiosamente son los que están totalmente relegados, porque se da la circunstancia que en el año 1980 (esto no es ningún secreto para nadie), se han devuelto a Hacienda 3.993 millones de pesetas destinadas a minusválidos, que son los que justamente no tienen ningún poder adquisitivo, o se les considera que tienen el mínimo.
En resumen, esta ley nos produce mucha inquietud y duda en cuanto a su aplicación y desarrollo.