Psychologist Papers is a scientific-professional journal, whose purpose is to publish reviews, meta-analyzes, solutions, discoveries, guides, experiences and useful methods to address problems and issues arising in professional practice in any area of the Psychology. It is also provided as a forum for contrasting opinions and encouraging debate on controversial approaches or issues.
Papeles del Psicólogo, 1996. Vol. (65).
Colegio Oficial de Psicólogos.
Secretario de Acción Sindical de U.G.T.
¿Cómo ves el tema de la gravedad de los riesgos en el trabajo?
Bueno, en estos momentos yo creo que la situación en España es preocupante, hay un incremento de la siniestrabilidad, y las razones pueden resumirse básicamente en dos, una la profunda degradación que se ha producido en el mercado de trabajo con toda la dualización fruto de la precariedad. Es decir, yo creo que ese es un elemento que está incidiendo de una forma brutal, a efectos de experiencia, formación, adiestramiento de los trabajadores temporales en el puesto de trabajo. Y un segundo aspecto, que es que en España la cultura preventiva está por hacer, es decir, en España hemos tenido una cultura, y la seguimos teniendo, reparadora, todo lo más. Frente al riesgo, la llamada de atención, o el semáforo rojo es a partir de que se produce el accidente o el siniestro, cuando se actúa y no se invierte en prevención, en erradicar los focos potenciales de riesgo. Y, por lo tanto, yo creo que es una situación preocupante, sin ningún tipo de maximalismo.
¿Crees que sigue primando, como antes, que cuando el riesgo es un poco a largo plazo, como por ejemplo centrales nucleares, o trabajadores con aparatos de radioactividad, prefieren un plus de peligrosidad?
Bueno, yo creo que los precedentes, o los puntos, o datos de partida, en España hay que cambiarlos completamente. Es decir, el intentar plantear que frente a una situación, o un puesto de trabajo, o una actividad de alto riesgo, o peligrosa, o tóxica, corresponde una retribución económica específica es algo que hay que erradicar de la cultura, de las relaciones laborales en este país. Es decir, la salud y la seguridad son temas que ni se compran ni se venden, sino que lógicamente lo que hay que plantear y exigir, y por lo menos desde la U.G.T. así lo entendemos, es que se haga el esfuerzo necesario por parte de los empresarios, por parte de los poderes públicos, de erradicar esos focos de riesgo o de peligro. Es decir, nunca admitir que eso se compense. Yo creo que esa es la clave de todo.
En el ranking de los riesgos derivados del trabajo, ¿qué puesto ocuparían los riesgos psicológicos?
Yo creo que fruto de lo que estamos reflexionando en la conversación, de que no existe ni tradición, ni cultura, por lo tanto ni doctrina preventiva básicamente se ponen en primer lugar los riesgos de origen físico, de origen químico, las patologías perfectamente identificables; y no las consecuencias que el propio medio ambiente fruto de la organización del trabajo, de la organización de la producción, generan desde el punto de vista psíquico ó psicológico. Y quizá éste sea uno de los temas a prestar mayor atención,. Es decir, a los efectos sobre los estados emocionales de las personas, lo que deriva en su situación familiar, o el círculo de amigos. Yo creo que eso realmente no se está teniendo en cuenta en estos momentos.
¿Crees que establece los suficientes supuestos preventivos como para ser efectiva per se, o por el contrario se ha ido a unos mínimos para cubrir el expediente y los requisitos impuestos por Europa?
Bien, yo creo que la Ley de Prevención de Riesgos Laborales es una ley que haríamos un mal ejercicio de intentar minusvalorarla; es decir, yo creo que es una buena trasposición de la directiva marco comunitaria. Y no solamente de eso, sino del propio imperativo que la Constitución Española tenía, en la medida que plantea que el derecho a la salud es un derecho fundamental. Yo creo que esos dos aspectos los cubre. Sus contenidos son contenidos como un nivel de partida bueno, suficiente para mejorar la protección de la seguridad y la salud de los trabajadores y trabajadoras. Pero que también va a depender mucho del desarrollo reglamentario, por una parte que se lleve a cabo la trasposición de directivas o de reglamentos de la Unión Europea, que están ahí, en materias específicas de agentes cancerígenos, o del trabajo de las mujeres o de menores, u otro tipo de aspectos.
Pero, junto con lo que sería los aspectos normativos de desarrollo, está la propia implicación y la propia corresponsabilidad que los agentes, o los sujetos que tienen que velar por su aplicación y desarrollo, acometan dentro de la propia ley. Es decir, al final, si empresarios, trabajadores y poderes públicos, o poderes públicos, trabajadores y empresarios, no asumimos la nueva cultura preventiva y el nivel de obligaciones que cada uno contrae en ese terreno, pues esta ley puede tener algunas dificultades.
Y una última reflexión, es decir, la ley tiene aspectos, yo creo, bastante interesantes para los trabajadores, en la medida que establece derechos de participación, de información y consulta, que yo creo que son derechos que hay que hacer valer. Es decir, estamos por primera vez ante una ley democrática en materia de salud laboral, entonces creo que, aunque sea muy tarde, casi dieciocho años más tarde que la Constitución, los trabajadores conquistamos en ese terreno un derecho democrático.
¿Consideras que las condiciones de trabajo, el consumo de alcohol, café, tabaco, drogas en general, y los accidentes laborales pueden tener alguna relación entre sí?
Bien, yo creo que es evidente que cualquier tipo de utilización de sustancias tóxicas pueden tener efectos evidentes sobre la siniestrabilidad laboral. Quizá el problema estaría en ver por qué se producen esas situaciones, por qué los trabajadores, o por qué las personas afectadas caen en esa situación de abuso de situaciones tóxicas. Y está un poco relacionado con tu pregunta, es quizá menosprecio, o la falta de atención sobre los efectos psicosociológicos que el medio ambiente laboral, la organización del trabajo, producen sobre las personas.
La tasa de siniestrabilidad laboral entre hombres y mujeres es muy distinta, esto lo dan las estadísticas. ¿crees que eso tiene que ver con unas distintas condiciones de trabajo, o más bien con un nivel distinto de asunción del riesgo?
Yo es que lo veo un poco más sencillo. Es decir, que la tasa de siniestrabilidad sea diferente por sexos va ligado también a la tasa de ocupación que es diferente. La verdad es que ahí no sé, no me he parado yo a reflexionar sobre ese tema. Lo que pasa es que ahí hay otro tema, las mujeres, ¿qué actividades desarrollan?, es decir, en las actividades de alto riesgo hay participación de mano de obra femenina, pero hoy en día aún están subrepresentadas. Fundamentalmente en estos momentos, en lo que sería actividades como la minería, la construcción, la pesca, está prácticamente subrepresentada la mujer.
¿Consideras que la precariedad en el contrato de trabajo puede influir en la mayor siniestrabilidad laboral de los más jóvenes?
Hombre, yo creo que eso es fundamental. Es paradójico cómo en las etapas de recesión económica donde se expulsa lo primero a la gente de contratos temporales decae la tasa de siniestrabilidad. Y en los procesos de crecimiento económico, que lo primero que se utiliza son los contratos temporales otra vez, se incrementa la tasa de siniestrabilidad.
¿A qué obedece fundamentalmente?, yo creo que a dos razones, se producen como dos situaciones, una que englobaría una definición de falta de formación específica, de falta de adiestramiento al puesto de trabajo, y por lo tanto de falta de formación en materia de prevención; y otra a un cierto grado de autoritarismo patronal. Es decir, que realmente a un trabajador contratado temporalmente, pues hay determinadas tareas o funciones que se le encomiendan en las que hay un cierto mal uso del poder empresarial. Es decir, la suma de esos componentes, sin querer poner el acento en el segundo, lleva a esta situación.
El ejemplo objetivo es el que te digo, pero si se mira desde el año 90, por no irnos mucho más atrás, hasta el año 95, el 91, segundo semestre, hasta el 93, primer semestre, decae la siniestrabilidad en España. A partir del proceso de crecimiento económico, que lo cruzas con el incremento de los contratos temporales, aumenta.
¿Crees que la actual Ley de Prevención de Riesgos Laborales es el primer eslabón para una futura Ley de Salud Laboral, o por el contrario consideras que protege suficientemente la salud de los trabajadores?
Hombre, yo creo que es una ley, que con un buen punto de partida, hay suficiente para un buen desarrollo reglamentario, siempre y cuando eso se produzca. Hay una serie de aspectos de la ley que van a requerir mayor desarrollo, en materia de salud, y de su conexión con el Sistema Nacional de Salud.
O incluso temas que la propia ley tiene previstos, como sería todo el tema del procedimiento de calificación de las enfermedades profesionales, O sea, que no creo que hiciera falta otra ley, porque la propia ley lo tiene previsto.
¿Podríamos decir que algunos miembros de la Unión Europea se están mirando un poco en nosotros?
Yo he visto por ejemplo, el desarrollo de Holanda, en Francia, Italia y en Alemania. La trasposición de la ley nuestra no es muy inferior a la suya, incluso tiene aspectos mejores. Lo que pasa es que también entra ya en los instrumentos administrativos que tiene cada país. Una cosa que me llamó la atención en Italia, el tema de las PYMES, no dice prácticamente nada de las pequeñas empresas, lo único que dice es que los poderes públicos asumen el velar el que ahí se cumplan las condiciones de seguridad. Los enganchan al sistema público de salud.
Ellos tienen ahí una cultura, bastante bien desarrollada, lo que llaman ellos la empresa artesanal. Luego no sé, habría aspectos de salud que sí que habría que tener en cuenta, el tema de la historia personal evidentemente de lo que la persona trabaje, incluso cuando se jubila, si una persona ha estado trabajando en una empresa de alto riesgo pues por lo menos que su historia a efectos médicos pues continuara viva. Es decir, cosas que la ley no acaba ahí de rematar.
Para terminar, una pregunta doble, ¿qué riesgos percibes en tu ámbito de trabajo, y consideras que las condiciones de trabajo en las que te mueves mejorarían si se aplicasen los preceptos que la Ley establece?
Es complicado, para un sindicalista es complicado. Yo ahí lo que veo son como dos pares de cuestiones. Creo que el problema fundamental es la nueva cultura preventiva, es decir, realmente hacer una correcta evaluación de los riesgos, y a partir de ahí pues determinar qué tipo de organización de prevención es la que se requiere.
Y el segundo elemento es superar el fatalismo, es decir, en cualquier actividad hay en nuestro país como un cierto fatalismo sobre el siniestro o el accidente. Es decir, el llegar al convencimiento de que a través de la acción preventiva se puede desde erradicar el accidente o el siniestro, eso es fundamental.
Yo creo que son esos dos pivotes. El grave problema que tienen en este país en cualquier actividad es que la gente casi tiene un cierto fatalismo, va a pasar una desgracia, y eso quizá es lo que hay que trascender, aquí hay accidentes que no tiene por qué pasar.
Muchas gracias.